El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha clarificado los efectos de la anulación de un acuerdo de derivación de responsabilidad sobre el resto de los obligados solidarios. Ante esta situación, Hacienda exigió el pago de la deuda y de los intereses de demora correspondientes al segundo responsable solidario. Al quedar anulado el acuerdo que justificaba el primer ingreso, este pierde su eficacia extintiva sobre la deuda. No obstante, el tribunal aprecia un límite en la exigencia de los intereses de demora. El TEAC concluye que el retraso de la Administración no debe perjudicar al obligado tributario.