country
PT
Las inspecciones catastrales pueden durar hasta 18 meses
[]
Portada // expansion
A partir de ahora, no se podrá solicitar el archivo de las actuaciones por caducidad si la Administración excede el plazo de 18 meses.
El Supremo determina que estos procesos se rigen por el plazo máximo de 18 meses previsto en la Ley General Tributaria (LGT), y aclara que la superación de dicho límite no conlleva la caducidad de las actuaciones.
El Supremo corrige este criterio y matiza que la inspección catastral -prevista en el artículo 11.2.c de la Ley del Catastro Inmobiliario- posee naturaleza tributaria.
Por tanto, se le aplica de forma supletoria el artículo 150.1 de la LGT, que otorga el citado margen de 18 meses para concluir las actuaciones.
A partir de ahora, no se podrá solicitar el archivo de las actuaciones por caducidad si la Administración excede el plazo de 18 meses, dado que la norma prevé que el incumplimiento de este término no extingue el proceso.