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El Supremo flexibiliza el examen fiscal a la empresa familiar
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El Tribunal Supremo ha dado un paso hacia la flexibilización de las exigencias tributarias que recaen sobre la empresa familiar.
El acceso a los beneficios fiscales de la empresa familiar -concretamente la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio y la consiguiente reducción del 95% en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones- está condicionado a que la actividad económica constituya la principal fuente de ingresos del propietario.
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana rectificó esta postura al dar la razón al contribuyente, una decisión que ahora el Tribunal Supremo ha ratificado.
El fallo consolida una línea interpretativa por parte del Supremo orientada a salvaguardar la viabilidad de la empresa familiar frente a formalismos excesivos.
La aclaración del criterio de la "principal fuente de renta" tiene un impacto práctico directo sobre el proceso de relevo generacional en la empresa familiar.