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El Supremo reconoce el derecho a cobrar íntegra una pensión de viudedad compartida si fallece el otro beneficiario
['Alberto Pozas', 'Efe Emilio Naranjo Archivo', 'José Manuel Romero', 'Laura Olías', 'Juan Gabriel García', 'Pedro Águeda', 'Elena Herrera']
ElDiario.es - ElDiario.es
El beneficiario superviviente, explica el tribunal, “recupera en toda su amplitud el derecho originario e íntegro de la cuantía de la pensión y su derecho al cobro de la totalidad de la pensión de viudedad correspondiente”.
Una pensión que tuvieron que repartirse con, aproximadamente, una mitad del importe para cada una.
La primera esposa del fallecido también murió y la segunda mujer recurrió para que se reconociera su derecho a cobrar toda la pensión y no solo la mitad que le había sido asignada.
La administración rechazó las alegaciones de la mujer y el Tribunal Superior de Madrid confirmó que seguiría cobrando la mitad de la pensión que le correspondía aunque la otra beneficiaria hubiera fallecido.
En el caso de esta mujer, la pensión de viudedad que cobraba pasa a casi duplicarse tras el fallecimiento de la otra beneficiaria.