El caso situaba el origen de las investigaciones entre finales de 2021 y agosto de 2022. En aquel periodo, la progenitora residía en el municipio de Vilagarcía de Arousa y acudía varias noches a la semana, acompañada por sus tres hijos, al apartamento que su pareja ocupaba en un establecimiento hotelero situado en Caldas de Reis. El análisis del expediente realizado por el TSXG ha dado un vuelco al proceso al concluir que no existen pruebas suficientes para sostener la condena impuesta en primera instancia. El tribunal fundamenta la revocación de las penas tras advertir contradicciones relevantes en las diferentes declaraciones prestadas a lo largo del procedimiento, lo que impide desmontar la presunción de inocencia de los procesados. Ante la falta de solidez en el testimonio incriminatorio, el alto tribunal gallego decreta la libre absolución de la pareja y la extinción de todas las medidas cautelares y responsabilidades civiles asociadas.