En el auto, comunicado este jueves, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo señala que el recurso no justifica suficientemente la concurrencia de un interés casacional objetivo que permita sentar jurisprudencia. Añade, además, que la doctrina que pudiera fijarse tendría una notable “vis expansiva” sobre otros casos similares, extremo que refuerza la decisión de inadmisión. Por ello, el Supremo desestima el recurso interpuesto por el padre. Posible recurso al Constitucional y a EstrasburgoAbogados Cristianos ha anunciado que recurrirá el auto ante el Tribunal Constitucional y, “si es necesario”, ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En sus informes señalan que, aunque el padre tiene un interés legítimo para intervenir en el procedimiento, la decisión de la joven es firme, libre y autónoma, y se encuadra en un contexto eutanásico conforme a la normativa vigente.